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Published on Friday July 3rd, 2015 en News
Emisiones de Gases de Efecto Invernadero en el Perú
Entrevista a Manuel Pulgar-Vidal (Ministro del Ambiente)
“Las mayores emisiones son de actividades informales en el bosque y no de la minería”
El ministro sostiene que su cartera no actúa con arbitrariedad para el control ambiental. Afirma que las normas van de la mano con la competitividad de las empresas. ¿Qué trabajo está desarrollando el ministerio respecto a la conservación ambiental? Como Ministerio del Ambiente estamos trabajando en un plan para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un balance adecuado entre medidas viables, que no nos hacen perder competitividad. ¿Esto llevará que no entren al país inversiones que no se ajusten a los requerimientos del ministerio para mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero? Definitivamente, las policitas, muchas de las cuales ya tienen el marco adecuado, se orientaran a que no desarrollemos actividades que generen más emisiones. Ahora, todo este programa de mitigación de gases de efecto invernadero apunta principalmente al sector económico formal, entre ellos, la minería, pero ¿cómo se hará para controlar al informal que daña mucho el ambiente? Hay que tener en cuenta que cuando se proyectan los cálculos de emisiones, se estima lo que se emitirá desde los sectores formal e informal.
“Tengamos en cuenta que cuando se judicializa una multa es porque el procedimiento administrativo ya acabó“
¿Qué es lo que contamina más en el Perú? Las mayores emisiones en el Perú no vienen, como se podría pensar, de la minería, sino de la deforestación y del cambio de uso de suelo, y hay que tener en cuenta que esta deforestación y cambio de uso de suelo no viene de actividades formales, sino fundamentalmente de procesos de inmigración y de procesos de ocupación irregular de la tierra. Por lo tanto, las acciones con relación a la protección del bosque y control de la deforestación están relacionadas con el proceso de control de ocupación de la tierra silvestre. No obstante, las empresas mineras consideran que existe ya mucha regulación por parte del Ministerio del Ambiente y que son excesivas las mutas que se les viene aplicando... Seamos claro. Esta es una discusión distinta respecto al tema de aporte por regulación cuya decisión está en manos de Indecopi y que todavía no se ha resuelto. Lo claro es que hay un reclamo específico de las compañías… Veamos, en ese caso el gremio minero está planteando un cuestionamiento a un artículo que se incorporó a la norma que creó el fondo de contingencia para la remediación ambiental en las cuatro cuencas. Hay que tener en cuenta que este articulo reconoce que desde el 2013, cuando se modificó la Ley de Fiscalización Ambiental, se incorporó un artículo cuyo objeto central es evitar que las multas administrativas se judicialicen sin fundamento. ¿Qué es lo que señala puntualmente la norma? Que es la única manera como pueden judicializar evitando la multa con una medida cautelar. Entonces, si no obtengo esta medida cautelar tengo que pagar esta sanción, sin prejuicio de que el derecho me asiste para recurrir a la justicia. Pareciera que se castigará a alguien sin demostrar que es culpable ¿Es así? No, tengamos en cuenta que cuando se judicializa una multa, es porque el procedimiento administrativo ya acabó. Es decir, administrativamente OEFA ya culminó su procedimiento y acordó que la multa debe ser aplicada. Lo que pasa es que a veces los administrados para evitar el pago de la multa acuden a la justicia. ¿Qué pasa si el Poder Judicial favorece a la empresa? Se revoca la multa y se le devolverá el dinero a la empresa, claro que sí. ¿Cómo toma la interrogante que abre la Sociedad Nacional de Minería cuando dice: “De esta manera quiere el Gobierno atraer inversiones en el país“?
El Ministerio del Ambiente promueve la inversión, pero a su vez garantiza que se cumplan las regulaciones ambientales. Nunca actúa con arbitrariedad, y sabemos que todo el que incumple tiene que ser sancionado, y el que cumple tiene que ser incentivado.
No Hay una excesiva regulación en el sector.
Control. En ministro afirmó que no existe una sobrerregulación ambiental sobre el sector minería y negó que esta actividad viole más recurrentemente las normas. “La minería no es una actividad que viole más recurrentemente la norma, sino que es la actividad mas inspeccionada porque sobre ella existen más regulaciones“. Dijo Manuel Pulgar-Vidal.
Explicó que a inicios de la década de 1990 se puso en marcha un proceso de regulación ambiental sobre la minería, que en noviembre del año pasado se mejoró con un conjunto de normas. “Todas las regulaciones son necesarias y las acabamos de mejorar en noviembre del año pasado.“, manifestó.
HOJA DE VIDA
- Nombre: Manuel Pulgar-Vidal.
- Estudios: Abogado. Maestría en Derecho de la Empresa. Especialista en política ambiental.
- Cargos Anteriores: Director de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental.